Permiso de obra en monumentos históricos, en inmuebles colindantes a un monumentos históricos, y en inmueble que no son monumentos históricos ni colindantes a éstos pero están localizados en zonas de monumentos históricos.
Modalidad A: Realización de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado Monumento Histórico.
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¿Por qué debe realizar el trámite?
Con base en lo señalado por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, para la realización de cualquier tipo de obra en un inmueble considerado monumento histórico, requieren de la autorización expresa del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
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¿Cuándo debe realizar el trámite?
Cuando el interesado (propietario y/o poseedor) tengan interés en efectuar algún tipo de obra en el inmueble considerado Monumento Histórico.
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Medios por los que puede efectuar el trámite
Presentar en las Ventanillas Únicas del INAH, solicitud para Autorización de Obra Formato INAH-02-002 Modalidad "A". Debe presentar 1 original(es) y 1 copia(s).
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¿Cuánto debe pagar?
Trámite sin costo.
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Documentos que debe anexar a la solicitud
- Juego completo de planos arquitectónicos del estado actual del monumento (copias dobladas en tamaño carta).
- Juego completo de planos arquitectónicos (plantas, cortes y fachadas), con detalles arquitectónicos, especificaciones de los materiales, acabados y cotas del proyecto o anteproyecto (copias dobladas en tamaño carta).
- Secuencia fotográfica a color de toda la calle donde se encuentra el inmueble y que muestren la altura de los inmuebles colindantes y de lugares donde se llevará a cabo la obra (se presentarán adheridas en hoja tamaño carta).
- Memoria descriptiva de las obras y especificaciones.
- Copia del Registro del Director Responsable de la Obra o copia de la Cédula Profesional del arquitecto responsable de la obra. Presentar original para su cotejo.
- Documentos legales que acrediten la propiedad del inmueble. (Escritura Pública o contrato de arrendamiento con la autorización por escrito del propietario del inmueble). Presentar original para su cotejo.
- Copia del alineamiento con número oficial vigente. Presentar original para su cotejo.
- Constancia vigente de zonificación de uso de suelo, expedida por la autoridad local. Presentar original para su cotejo.
- En caso de ser persona moral o jurídica, copia del documento que acredite la personalidad del representante legal. Presentar original para su cotejo.
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Plazos de respuesta
10 días contados a partir del primer día siguiente a la fecha de recepción de la solicitud.
En el caso de no obtener respuesta en el tiempo señalado, el interesado considerará que la solicitud fue negada.
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Fundamento jurídico
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, artículos 42, 43 y 44.
Reglamento de Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, artículos 42, 43, 44.
Acuerdo No. 394 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 1999, por el que se dan a conocer los Trámites y Servicios Inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, a cargo de la Secretaría de Educación Pública y del Sector que coordina.
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Vigencia de la Autorización
Es de un año, la cual puede ser prorrogable por un período igual.
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Información adicional
Para la realización de las siguientes obras: ampliación; obra nueva, reestructuración, recimentación, troquelamiento y excavación, se requiere el Visto bueno de la Dirección de Salvamento Arqueológico del INAH, (Trámite INAH-00-017).
El formato INAH-02-002 así como los requisitos para la Modalidad "A" también lo puede obtener en las Ventanillas Únicas de Atención INAH.
Con el fin de que el solicitante pueda dar continuidad a los trámites respectivos ante otras autoridades competentes una vez aprobada la solicitud el interesado deberá presentar dos juegos de planos completos del proyecto autorizado; los cuales deberán estar firmados de manera autógrafa por el propietario y del arquitecto responsable, para certificación del Instituto.
A juicio del Instituto, deberá otorgar fianza que garantice a satisfacción el pago por los daños que pudiera sufrir el monumento.
La autorización emitida tiene una vigencia de un año la cual puede ser prorrogable por un período igual, para tal caso la solicitud de prórroga es viable siempre y cuando se haya iniciado la obra y esta no se hubiere concluido.
Si no ejecutaron las obras autorizadas en la licencia dentro de su vigencia o no se solicitó la prórroga en el término establecido, deberá solicitar una nueva Licencia.
Cuando la autorización se encuentre vigente y el interesado requiera realizar modificaciones al proyecto previamente aprobado, el interesado deberá solicitar una Modificación de Proyecto.
Este trámite no puede presentarse por medios de comunicación electrónica, correo, mensajería o telefax.
Una vez concluida la obra, el solicitante deberá dar aviso de terminación de obra.