Autorización para toma fotográfica, filmación y/o videograbación en zonas, monumentos y museos del INAH


  • ¿Por qué debes realizar el trámite?
  • Porque así lo establece el Artículo 17, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y los Artículos 38, 39 y 40 de su Reglamento.

  • ¿Cuándo debes realizar el trámite?
  • Si estás interesado en fotografiar, filmar, videograbar con equipo especial y/o profesional, alguna de las zonas arqueológicas, monumentos históricos o museos que se encuentran bajo custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, ya sea que se encuentren abiertos al público o no, deberás solicitar la autorización correspondiente.

  • Medios por los que puedes efectuar el trámite
Presencial: Oficinas de atención
  • Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla Única con el formato INAH-01-001 (1 original y 1 copia), adjunta la documentación requerida, espera la fecha de resolución y recibe oficio de respuesta.

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  • ¿Cuánto debes pagar?
  • A.- Filmación y/o videograbaciónI.- Por día $14,668.00

    B.- Tomas fotográficas

    I.- Por día en zona arqueológica, museo o monumento del patrimonio nacional bajo custodia de los institutos competentes $7,334.00 *Cantidades con ajuste de acuerdo al Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024. Cantidades actualizadas establecidas por la Ley Federal de Derechos para 2024. D.O.F. 29 de diciembre de 2023.

    Las tarifas se encuentran establecidas en la Ley Federal de Derechos; Art. 288 D.

    El pago se hará en el momento en que sea entregado el permiso o autorización.

  • Documentos que debes anexar a la solicitud
    • Guión (el guión se refiere al texto en que se exponen, los detalles necesarios para la realización del levantamiento de la imagen, que abarca tanto los aspectos literarios, como los técnicos), y/o storyboard (este el el guión gráfico conjunto de ilustraciones mostradas en secuencia) y/o dummy (es el boceto de alto nivel de calidad de cual contiene ya todos los elementos visuales que se utilizarán).
    • Escrito dirigido a la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos; el escrito debe contener una breve sinopsis del proyecto a realizar, la logística, el número de participantes y de ser el caso si hay actores y modelos, medios específicos de difusión y toda la información adicional que creas pertinente.
  • Los plazos de respuesta son:
    • 5 días hábiles en caso de zonas, monumentos y museos abiertos al público, siempre y cuando el trámite se inicie con un minimo de 10 días hábiles previos a la fijación de la imagen.
    • 6 días hábiles en caso de zonas, monumentos y museos abiertos al público, tratándose de trámites realizados fuera de la zona metropolitana de la Ciudad de México, siempre y cuando el trámite se inicie con un mínimo de 10 días hábiles previos a la fijación de la imagen.
    • 45 días hábiles en caso de zonas, monumentos y museos no abiertos al público.
  • Vigencia del trámite
  • La vigencia otorgada será igual a la duración del proyecto.

  • Información adicional
  • El formato INAH-01-001 también lo puedes obtener en las Ventanillas Únicas de Atención INAH.

    Este trámite no es necesario en caso de permiso para fotografiar o videograbar zonas arqueologicas, monumentos históricos o museos abiertos al público en custodia del INAH con fines personales, con el uso de dispositivos electrónicos de videograbación no profesional, sujetándose en estos casos a las restricciones que existan en cada sitio, previo pago de la cuota vigente en el museo, zona o monumento.

    Se debe iniciar el trámite con un mínimo de 10 días hábiles antes del inicio de la toma que se pretenda realizar.

    Para la entrega de la respuesta; deberá proporcionar una copia de identificación oficial.

    Cuando las solicitudes se hayan realizado por medios de comunicación electrónica; en el momento oportuno se informará al interesado el estado de su solicitud, mediante el mismo medio o cualquier otro.

    Fundamento jurídico: Numeral 2.1.2. del trámite INAH-01-001, Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites Empresariales que aplican la Secretaría de Educación Pública y su sector coordinado, y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria (D.O.F. 02/06/1999).