Autorización de toma fotográfica, filmación y/o videograbación en zonas, monumentos y museos que utilizan equipo especial y/o profesional


  • ¿Por qué debes realizar el trámite?
  • Solicitar la autorización para fotografiar, filmar o videograbar los sitios bajo custodia del INAH es necesario debido a que así lo establece el Art. 17 de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticas e Históricas y los Artículos 38, 39 y 40 de su Reglamento.

  • ¿Cuándo debes realizar el trámite?
  • Si estás interesado en fotografiar, filmar, videograbar con equipo especial y/o profesional, alguna de las zonas arqueológicas, monumentos históricos o museos que se encuentran bajo custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, ya sea que se encuentren abiertos al público o no, deberás solicitar la autorización correspondiente.

  • Medios por los que puedes efectuar el trámite
En línea

    Llena el formulario, adjunta la documentación requerida y envíalo.

    El personal de la Ventanilla verificará la información y documentos, si está todo correcto y completo, te será enviado un correo electrónico con el número de expediente asignado, la fecha probable de respuesta y te indicará el día y la hora para que te presentes en las instalaciones que ocupa la Ventanilla, con el formato firmado y los documentos que ingresaste al sistema.

    En caso contrario, se te notificará también vía correo electrónico, la información que debes corregir y/o los documentos faltantes. Por ello, te pedimos estar al pendiente de tu correo electrónico. Si no recibes ninguna notificación en el término de dos días hábiles deberás ponerse en contacto con la ventanilla del centro INAH de tu estado.


En Línea Llena el formulario en línea

De forma presencial

    Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla INAH con el formato INAH-01-001 impreso (el formato deberá estar firmado de manera autógrafa), y la documentación requerida; deberás llevar todo en forma impresa (1 original) y digital.

    El personal de la ventanilla INAH realizará la revisión de la información presentada, si está todo correcto y completo procederá al registro en línea; al finalizar te entregará el acuse que arroja el sistema con el número de expediente asignado y la fecha probable de respuesta. En caso contrario, te indicarán, la información que debes corregir y/o los documentos faltantes.

    Consulta el número telefónico y/o correo electrónico del Centro INAH: cnci.inah.gob.mx/publico/index.php


De forma presencial Descarga, llena, imprime
para entregar
  • Documentos que debes anexar
    • 1. Formato INAH-01-001 Autorización para toma fotográfica, filmación y/o videograbación en zonas, monumentos y museos del INAH

Información importante a considerar:

    En caso de que requieras complementar la información de los campos del formulario web puedes adjuntar un documento en la pestaña “Documentos”.

    En el apartado del formulario “Breve sinopsis del proyecto a realizar” considera poner una la sinopsis del proyecto a realizar, la logística, el número de participantes y de ser el caso si hay actores y modelos, medios específicos de difusión y toda la información adicional que creas pertinente.

    De requerir que el trámite se registre por el personal de la Ventanilla INAH deberás llevar los documentos en archivo digital, el formato de solicitud firmada, así como la documentación en original.

Plazo de respuesta

3 días hábiles

    La reducción de los plazos para brindar respuesta, señalada en los artículos 3 y 5 del Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa para trámites que se realizan ante el Instituto Nacional de Antropología e Historia publicado en el D.O.F. del 10 de diciembre 2025, será aplicable hasta que la plataforma digital institucional se encuentre en ambiente productivo y que permita la gestión automatizada de los trámites correspondientes.

¿Cuánto debes pagar?

    A.- Filmación y/o videograbación

    I.- Por día $15,916.00

    B.- Tomas fotográficas

    I.- Por día en zona arqueológica, museo o monumento del patrimonio nacional bajo custodia de los institutos competentes $7,958.00 *Cantidades con ajuste de acuerdo al Anexo 4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026. Cantidades actualizadas establecidas en la Ley Federal de Derechos para 2026. D.O.F. 28/12/2025.

    Las tarifas se encuentran establecidas en la Ley Federal de Derechos; Art. 288 D.

    El pago se hará en el momento en que sea entregado el permiso o autorización.

Vigencia del trámite

    La vigencia otorgada será igual a la duración del proyecto.

Criterio de resolución del trámite

    La autorización se otorgará tomando en cuenta que no se afecte la integridad del patrimonio, así como que no se distorsione la imagen del mismo.

Información adicional
  • Se debe iniciar el trámite con un mínimo de 10 días hábiles antes del inicio de la toma que se pretenda realizar.
  • Este trámite no es necesario en caso de permiso para fotografiar o videograbar zonas arqueológicas, monumentos históricos o museos abiertos al público en custodia del INAH con fines personales, con el uso de dispositivos electrónicos de videograbación no profesional, sujetándose en estos casos a las restricciones que existan en cada sitio, previo pago de la cuota vigente en el museo, zona o monumento.
  • Este trámite otorga:

    1. Autorización para fotografiar filmar o videograbar zonas arqueológicas monumentos históricos o museos bajo custodia del INAH abiertos al público.

    2. Autorización para fotografiar filmar o videograbar zonas arqueológicas monumentos históricos o museos bajo custodia del INAH no abiertos al público.