Reproducción de monumentos arqueológicos e históricos e inscripciones en el registro de reproductores y exportadores del INAH


  • ¿Por qué debes realizar el trámite?
  • Si estás interesado en reproducir monumentos arqueológicos e históricos o imágenes provenientes de los acervos del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

  • Medios por los que puedes efectuar el trámite
Presencial: Oficinas de atención
  • Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla Única con el formato INAH-01-004-B (1 original y 1 copia), adjunta la documentación requerida, espera la fecha de resolución y recibe oficio de respuesta.

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  • ¿Cuánto debes pagar?
  • I.- Reproducción fiel del monumento independientemente de la escala y materiales $2,819.00.

    II.- Reproducción basada en una reproducción libre del monumento $5,639.00.

    *Cantidades con ajuste de acuerdo al Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024. Cantidades actualizadas establecidas por la Ley Federal de Derechos para 2024. D.O.F. 29 de diciembre de 2023.

    Se exceptúa del pago de los derechos establecidos en este artículo a la producción artesanal, cuando el artesano cuente con el reconocimiento y registro otorgados por la autoridad competente.

    No pagarán los derechos establecidos en este artículo, las autoridades e instituciones públicas competentes en la investigación, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos, en términos de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

    Las tarifas se encuentran establecidas en la Ley Federal de Derechos; Art. 288 C Fracción I y II.

    El pago se hará en el momento en que sea entregado el permiso o autorización.

  • Documentos que debe anexar a la solicitud
    1. Fotografías a color o copias a color de la(s) reproducción(es). (1 original).

    2. Referencia(s) bibliográficas o fuente(s) de consulta. (1 copia).

    3. Autorización de propietario poseedor o concesionario, según sea el caso. (1 original).
  • Plazos de respuesta
  • 10 días hábiles.

    Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.

    Criterios de resolución del trámite.
    • Que no se afecte la integridad del patrimonio.
    • Que no se distorsione la imagen del mismo.
    • La calidad de la reproducción no deberá menoscabar la calidad del monumento.
  • Información adicional
  • El formato INAH-01-004-B también lo puedes obtener en las Ventanilla Únicas de Atención INAH.

    Cuando se presenten documentos en idioma distinto al español, deberá acompañarse la traducción correspondiente.

    El permiso de reproducción lleva de manera implícita la inscripción en el Registro de Reproductores y Exportadores del INAH.