Permiso para la transportación, cambio de domicilio y/o exhibición de Monumentos Arqueológicos muebles dentro del territorio nacional en custodia de particulares ante el INAH


  • ¿Por qué debes realizar el trámite?
  • Porque así lo establecen los Artículos 29, 49 y 53 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y el artículo 37-bis fracciones I, II y III de su Reglamento.

  • ¿Cuándo debes realizar el trámite?
  • El trámite lo deben realizar las personas físicas o morales que estén interesados en:

  • Hacer la entrega voluntaria de una colección de piezas, o que
  • Vayan a trasladar una colección (dicha colección debe estar registrada) por cambio de domicilio o 
  • Cuando estén interesadas en trasladar una colección (dicha colección debe estar registrada) para ser exhibida dentro del territorio nacional.
  • Medios por los que puedes efectuar el trámite
Presencial: Oficinas de atención
  • Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla Única con el formato INAH-03-002 (1 original y 1 copia), adjunta la documentación requerida, espera la fecha de resolución y recibe oficio de respuesta.

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  • ¿Cuánto debes pagar?
  • El trámite es gratuito.

  • Documentos que debes anexar a la solicitud
    1. Copia de identificación oficial del poseedor o representante legal.
    2. Sólo para el caso de cambio de domicilio de las piezas, copia del comprobante del nuevo domicilio.

    * Nota: El solicitante deberá presentarse en ventanilla con todas las copias y documentos originales para su cotejo y una vez revisados se devolverán al usuario.

  • Plazos de respuesta
  • 10 días hábiles contados a partir del siguiente día de la recepción de la solicitud.

    Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.

  • Vigencia del trámite
  1. Para cambio de domicilio hasta en tanto no haya cambio de este.
  2. Exhibición en territorio nacional; temporal por el tiempo que dure la exposición.
  • Criterios de resolución del trámite
  • Lo establecido en el artículo 37-Bis del Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

  • Información adicional
  • El formato INAH-03-002 también lo puedes obtener en las Ventanillas Únicas de Atención INAH.

    Invariablemente cuando se trate de una exhibición o cambio de domicilio, el usuario deberá estar registrado e inscrito en la dirección de registro público de Monumentos y Zonas Arqueológicos.

    El embalaje a que se refiere la fracción III. Del art. 37 bis, del Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, será cubierto por el solicitante.

    Este trámite no puede presentarse por correo, mensajería o telefax.

    Se recuerda al concesionario (solicitante), que en caso de ser autorizada la transportación dentro del Territorio Nacional:

  • El monto del pago por la contratación del pago del seguro que se indica en las cláusulas C) y D) del "CONTRATO DE CONCESIÓN DE USO DE BIENES MUEBLES", deberá ser cubierto por el concesionario y/o por el interesado en la exhibición.
  • El solicitante deberá entregar una copia del contrato de seguro y pago del mismo, antes indicados al momento en que sea autorizado el permiso correspondiente. Una vez satisfecho este requisito, se entregará al solicitante oficio de autorización para la transportación de monumentos, así como oficio(s) dirigidos a las autoridades civiles, judiciales y militares de las ciudades o localidades de la ruta que se empleará para el transporte de las piezas.
  • En caso de ser autorizada la exhibición y/o cambio de domicilio de los monumentos arqueológicos, se entregará al solicitante oficio de autorización de exhibición y/o cambio de domicilio.
  • En caso de ser autorizada ésta solicitud, la vigencia con que se otorga es la que se indicará en el oficio de autorización.
  • En caso de negativa a la solicitud, la respuesta se otorgará al solicitante por escrito mediante oficio debidamente fundado y motivado, en donde se expresen claramente las razones por las cuales no procede esta.
  • Éste trámite deberá ser ingresado para su autorización cuando menos treinta (30) días antes de la fecha de transportación, exhibición y/o cambio de domicilio.
  • Este trámite solo aplica para la transportación, cambio de domicilio y/o exhibición dentro del territorio nacional.

No se puede exigir que proporcione ningún documento adicional, salvo los documentos a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA).