Consulta sobre la inserción de un inmueble o predio en una zona de monumentos arqueológicos o donde se presuma su existencia, o su colindancia con un monumento arqueológico ante el INAH


  • ¿Por qué debes realizar el trámite?
  • Porque así lo establecen los Artículos 27, 28 y 28 bis, 38, 39 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y el Artículo 2o. Fracción I, II, III y IX, de la Ley Orgánica del INAH.

  • ¿Cuándo debes realizar el trámite?
  • Cuando estés interesado en saber si determinado inmueble o predio (sea de tu propiedad o no) se encuentra ubicado dentro de o colindante con una zona arqueológica o monumento arqueológico o donde se presuma su existencia. Este trámite permite determinar si se requiere o no obtener la(s) autorización(es) correspondiente(s).

  • Medios por los que puedes efectuar el trámite
Presencial: Oficinas de atención
  • Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla Única con el formato INAH-04-001, adjunta la documentación requerida, espera la fecha de resolución y recibe oficio de respuesta.

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  • ¿Cuánto debes pagar?
  • El trámite es gratuito.

  • Documentos que debe anexar a la solicitud
    1. Plano topográfico oficial de ubicación del predio o área a consultar (no croquis), preferentemente geo referenciados. (1 original).
    2. Cuadro constructivo o escritura pública para el caso de consulta sobre predios o inmuebles. (1 original).
    3. Información gráfica adicional que facilite la ubicación del predio o zona. (fotografía área, convencional o satelital).
    4. En caso de ser extranjero presentar además de la documentación antes indicada, aquella que acredite su estancia legal en el país. (1 copia).

    * Nota: El solicitante deberá presentarse en ventanilla con todas las copias y documentos originales para su cotejo y una vez revisados se devolverán al usuario.

  • Plazos de respuesta
  • 30 días hábiles.

  • Información adicional
  • El formato INAH-04-001 también lo puedes obtener en las Ventanillas Únicas de Atención INAH.

    Este trámite no tiene costo, sin embargo y con fundamento en el artículo 5 fracciones I, IV y VI de la Ley Federal de Derechos vigente, el pago de derechos por la expedición de copias certificadas de documentos, copias de planos certificados o por cualquier otra certificación o expedición de constancias deberá ser cubierto por el interesado.

    En caso de que la información proporcionada permita la ubicación del predio, inmueble, zona o sitio se entregará al solicitante oficio de respuesta y en su caso, previo el pago de derechos correspondientes, plano básico certificado de ubicación.

    En caso de que la información proporcionada sea insuficiente se entregará al solicitante oficio de respuesta en el que se especificarán las razones por las cuales no fue posible la ubicación del predio, sitio o zona.

    En caso de que el predio o inmueble no se encuentre inserto o colindante a una zona de monumentos arqueológicos se entregará al solicitante oficio de respuesta en donde se haga constar lo anterior.

    El formato deberá ser firmado de manera autógrafa; bajo protesta de decir verdad y sabedor de las penas en que se incurren los falsos declarantes.

    No se puede exigir que proporcione ningún documento adicional, salvo los documentos a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA).