Consultas en relación con inmuebles o predios de valor histórico y/o arqueológico
Modalidad b)
Consulta de inmuebles o predios que se encuentren o colinden con un monumento o sitio arqueológico.
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¿Por qué debes realizar el trámite?
Porque así lo establecen los Artículos 27, 28 y 28 bis, 38, 39 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y el Artículo 2o. Fracción I, II, III y IX, de la Ley Orgánica del INAH.
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¿Cómo puede efectuar el trámite?
Cuando estés interesado en saber si determinado inmueble o predio (sea de tu propiedad o no) se encuentra ubicado dentro de o colindante con una zona arqueológica o monumento arqueológico o donde se presuma su existencia. Este trámite permite determinar si se requieres o no obtener la(s) autorización(es) correspondiente(s).
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Medios por los que puedes efectuar el trámite
En línea y presencial.
En Línea | Llena el formulario en línea |
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Adjunta la documentación requerida y envíalo.
El personal de la Ventanilla verificará la información y documentos, si está todo correcto y completo, te será enviado un correo electrónico con el número de expediente asignado, la fecha probable de respuesta y indicará el día y la hora para que te presentes en las instalaciones que ocupa la Ventanilla, con el formato firmado y copia de los documentos que ingresaste al sistema.
En caso contrario, se te notificará también vía correo electrónico, la información que debes corregir y/o los documentos faltantes. Por ello, te pedimos estar al pendiente de tu correo electrónico. Si no recibe ninguna notificación en el término de dos días hábiles deberá ponerse en contacto con la ventanilla del centro INAH de su estado.
De forma presencial | Descarga, llena, imprime para entregar |
Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla INAH con el formato INAH-07-001 (el formato deberá estar firmado de manera autógrafa), y la documentación requerida; deberás llevar todo en forma impresa (1 original) así como digital. El personal de la ventanilla INAH realizará la revisión de la información presentada, si está todo correcto y completo hará el registro en línea; al finalizar se te entregará el acuse que arroja el sistema con el número de expediente asignado y la fecha probable de respuesta. En caso contrario, te indicarán, la información que debe corregir y/o los documentos faltantes
Consultar no telefónico y/o correo electrónico del Centro INAH: https://cnci.inah.gob.mx/publico
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Documentos que debe anexar a la solicitud INAH-07-001
1. Cuadro constructivo o escritura pública para el caso de consulta sobre predios o inmuebles
2. Plano topográfico oficial de ubicación del predio o área a consultar (no croquis), preferentemente geo referenciado.
La persona solicitante, estará obligada en anexar al presente formato: el croquis de localización (Indicar nombre de las calles principales, poblado más cercano o cualquier otro tipo de referencia física que facilite la ubicación del predio, inmueble o zona a consultar) y fotografías a color de la fachada del inmueble, así como sus colindantes, cuando la ubicación sujeta al trámite, no se encuentre contemplada en los planos georreferenciados de Internet”
En caso de personas físicas que cuenten con representante legal, podrá anexar al presente formato “la carta poder” autorizada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia; o, el instrumento público que lo faculte para la realización del trámite. Tratándose de personas morales, deberá de presentar el acta constitutiva y la acreditación del representante legal.
Plazos de respuesta
30 días hábiles. Los días son contados a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de recepción de la solicitud.
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¿Cuánto debes pagar?
El trámite es gratuito.
Con fundamento en el artículo 5 fracciones I, IV y VI de la Ley Federal de Derechos vigente, el pago de derechos por la expedición de copias certificadas de documentos, copias de planos certificados o por cualquier otra certificación o expedición de constancia deberá ser cubierto por el interesado.
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Criterio de resolución del trámite modalidad a):
- Es indispensable que el INAH verifique la existencia de registro de Monumentos o Zona Arqueológica Declarada o Sitio Arqueológico.
- Es indispensable que el INAH verifique la colindancia de la Zona Arqueológica Declarada o Sitio Arqueológico. Es indispensable que el INAH verifique la inexistencia de registro.
- En caso de que la información proporcionada permita la ubicación del predio, inmueble, zona o sitio se entregará al solicitante oficio de respuesta y en su caso, previo el pago de derechos correspondientes, plano básico certificado de ubicación.
- En caso de que la información proporcionada sea insuficiente se entregará al solicitante oficio de respuesta en el que se especificarán las razones por las cuales no fue posible la ubicación del predio, sitio o zona.
- En caso de que el predio o inmueble no se encuentre inserto o colindante a una zona de monumentos arqueológicos se entregará al solicitante oficio de respuesta en donde se haga constar lo anterior.