Permiso de obra en monumentos históricos inmuebles, sus colindantes y en zonas de monumentos históricos. Modalidad D.
Obra menor en inmuebles colindantes a un monumento histórico, o que se encuentre ubicado en zona de Monumnetos Históricos
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¿Por qué debes realizar el trámite?
Con base en lo señalado por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, para la realización de una obra menor en un inmueble colindante a un Monumento Histórico, así como para la realización de obra menor en un inmueble que se localiza en una de las Zonas de Monumentos Históricos declaradas por el Poder Ejecutivo Federal, requieren de la autorización expresa del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
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¿Cuándo debes realizar el trámite?
Cuando el interesado (propietario y/o poseedor) tengan interés en efectuar obra menor en:
a) Inmuebles que no es Monumento Histórico, pero colinda con uno considerado Monumento Histórico.
b) Inmuebles que no colindan con un inmueble considerado Monumento Histórico, pero que se ubica dentro de alguna de las Zonas de Monumentos.
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Medios por los que puedes efectuar el trámite
En línea
Llena el formulario, adjunta la documentación requerida y envíalo.
El personal de la Ventanilla verificará la información y documentos, si está todo correcto y completo, te será enviado un correo electrónico con el número de expediente asignado, la fecha probable de respuesta y te indicará el día y la hora para que te presentes en las instalaciones que ocupa la Ventanilla, con el formato firmado y los documentos que ingresaste al sistema.
En caso contrario, se te notificará también vía correo electrónico, la información que debes corregir y/o los documentos faltantes. Por ello, te pedimos estar al pendiente de tu correo electrónico. Si no recibes ninguna notificación en el término de dos días hábiles deberás ponerse en contacto con la ventanilla del centro INAH de tu estado.
| En Línea | Llena el formulario en línea |
De forma presencial
Llena el formulario, adjunta la documentación requerida y envíalo
Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla INAH con el formato INAH-02-002 impreso (el formato deberá estar firmado de manera autógrafa), y la documentación requerida; deberás llevar todo en forma impresa (1 original) y digital.
El personal de la ventanilla INAH realizará la revisión de la información presentada, si está todo correcto y completo procederá al registro en línea; al finalizar te entregará el acuse que arroja el sistema con el número de expediente asignado y la fecha probable de respuesta. En caso contrario, te indicarán, la información que debes corregir y/o los documentos faltantes.
Consulta el número telefónico y/o correo electrónico del Centro INAH: cnci.inah.gob.mx/publico/index.php
| De forma presencial | Descarga, llena, imprime para entregar |
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Documentos que debes anexar a la solicitud
- Llenar el formato INAH-02-002 A, B, C y D
- Memoria descriptiva de las obras y especificaciones.
- Documentos legales que acrediten la propiedad del inmueble (escritura pública registrada en el Registro Público de la Propiedad o contrato de arrendamiento con la autorización por escrito del propietario del inmueble, anexar copia de la identificación oficial del propietario o arrendatario),
- Fotografías a color de la fachada del inmueble, y de los lugares donde se llevará a cabo la obra.
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Información importante a considerar:
- La persona solicitante, estará obligada en anexar, además de lo anterior: El documento que avale o certifique el ejercicio profesional (Responsiva del Director Responsable de la Obra o cédula profesional del arquitecto responsable de la obra ) cuando, dicho documento no pueda ser consultado a través del link proporcionado en el formato.
- La persona solicitante, estará obligada en anexar, además de lo anterior: Certificado único de zonificación de uso de suelo vigente o Certificado Único de Zonificación del Suelo Digital o Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos, expedida por la autoridad local, así como el alineamiento y número oficial, cuando, dicho documento no pueda ser consultados a través del link proporcionado en el formato.
- En caso de personas físicas que cuenten con representante legal, podrá anexar al presente formato “la carta poder” autorizada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia; o, el instrumento público que lo faculte para la realización del trámite. Tratándose de personas morales, deberá de presentar el acta constitutiva y la acreditación del representante legal.
- De requerir que el trámite se registre por el personal de la Ventanilla INAH deberá llevar los documentos en archivo digital, el formato de solicitud firmada, así como la documentación en original y una copia.
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Plazos de respuesta
5 días contados a partir del primer día siguiente a la fecha de recepción de la solicitud.
En el caso de no obtener respuesta en el tiempo señalado, el interesado entenderá que se aprobó la solicitud.
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¿Cuánto debes pagar?
El trámite es gratuito.
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Vigencia de la Autorización
Es de un año, la cual puede ser prorrogable por un período igual.
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Criterio de resolución del trámite
- Es obligatorio que las obras solicitadas por los interesados no afecten los elementos arquitectónicos del inmueble.
- Es obligatorio que las obras solicitadas por los interesados no afecten al inmueble colindante y a su entorno.
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Información adicional
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Se consideran obras mayores:
Obra nueva
Ampliaciones
Reconstrucciones
Reestructuraciones
Apuntalamientos y troquelamientos
Recimentaciones
Excavaciones
Rellenos
Demoliciones
Modificaciones en fachadas
Instalaciones mecánicas y especiales exteriores
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Se consideran como obras menores a todas aquellas que no se encuentren incluidas en el listado de obras mayores.
Para la realización de las siguientes obras: ampliación; obra nueva, reestructuración, recimentación, atroquelamiento y excavación, se requiere el Visto bueno de la Dirección de Salvamento Arqueológico del INAH (Trámite INAH-05-001).
Con el fin de que el solicitante pueda dar continuidad a los trámites respectivos ante otras autoridades competentes una vez aprobada la solicitud el interesado deberá presentar dos juegos de planos completos del proyecto autorizado; los cuales deberán estar firmados de manera autógrafa por el propietario y del arquitecto responsable, para certificación del Instituto.
- Para la realización de las siguientes obras: ampliación; obra nueva, reestructuración, regimentación, troquelamiento y excavación, se requiere el Visto Bueno de la Dirección de Salvamento Arqueológico del INAH, a través del Trámite INAH-05-001 Visto Bueno de obra en área de monumentos arqueológicos o en que se presuma su existencia
- La respuesta del trámite INAH-02-002 será emitida una vez que se haya obtenido el resolutivo del trámite INAH-05-001.
- A juicio del Instituto, deberá otorgar fianza que garantice a satisfacción el pago por los daños que pudiera sufrir el monumento.
- La autorización se formaliza mediante un documento, junto con el cual se dan a conocer los lineamientos y restricciones a los que debe sujetarse el interesado.
- La autorización emitida tiene una vigencia de un año, la cual puede ser prorrogable por un período igual, para tal caso la solicitud de prórroga es viable siempre y cuando se haya iniciado la obra y esta no se hubiere concluido.
- Si no se ejecutaron las obras autorizadas dentro de su vigencia o no se solicitó la prórroga en el término establecido, se deberá solicitar una nueva Autorización.
- Cuando la autorización se encuentre vigente y el interesado requiera realizar modificaciones al proyecto previamente aprobado, el interesado deberá solicitar una Modificación de Proyecto.
- Una vez concluida la obra, el solicitante deberá dar aviso de terminación de obra.